Según la normativa vigente (Disposición 018/03) y en función al sueldo nominal de Maestra de Grado más el Incentivo Docente del mes de julio 2011 (Decreto 0284/11), los establecimientos privados con el 100% de aporte estatal están autorizados a cobrar hasta el 5% de ese monto en concepto de cuota máxima (incluidas actividades extraprogramáticas).
Por lo tanto, y teniendo en cuenta que el sueldo testigo está estipulado actualmente en $ 4.200,10; la próxima cuota mensual ascenderá a $ 210.
Estos valores son de público conocimiento y se encuentran en el sitio web del Servicio Provincial de Enseñanza Privada.
Se agrega que las cuotas establecidas se percibirán por no más de 10 meses y que en concepto de inscripción puede percibirse un monto equivalente al doble del cobrado mensualmente.
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12 agosto 2011
Incremento de la cuota mensual
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